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Justicia

La Corte Suprema declara inconstitucional el “presupuesto secreto”

Por 6 votos contra 5, entendió que las enmiendas son ilegales
Andreia Verdélio – Reportera de Agência Brasil
Publicado en 20/12/2022 - 10:11
Brasilia
Fachada do edifício sede do Supremo Tribunal Federal - STF
© Marcello Casal JrAgência Brasil

Por 6 votos contra 5, el Supremo Tribunal Federal (STF) consideró inconstitucionales las enmiendas de relator de presupuesto (RP9), más conocidas como “presupuesto secreto”. El tribunal concluyó ayer (19) el juicio de las acciones interpuestas por los partidos Ciudadanía, PSB, PSOL y PV, que entienden que las enmiendas RP9 son ilegales y no están previstas en la Constitución.

Hasta el último día 15, cuando se suspendió el juicio, había 5 votos contra y 4 a favor del presupuesto secreto. La Presidenta de la Corte y relatora de las acciones, jueza Rosa Weber, votó por la inconstitucionalidad. Consideró que el modelo perjudica la distribución de los recursos, el derecho de los parlamentarios a participar en el ajuste del Presupuesto y la sociedad, al dificultar la obtención de información sobre la aplicación del dinero.

El sobrenombre de “presupuesto secreto” surgió debido a la ausencia de identificación de los diputados y senadores que indicaban la aplicación de tales recursos. Así, según los críticos de las RP9, los recursos previstos en las enmiendas se utilizaban por el Ejecutivo Federal para cooptar a diputados y senadores a votar en asuntos de su interés. Los recursos previstos en RP9 para 2023 rondan los R$ 19 mil millones (US$ 3,5 mil millones)

Tras la suspensión del juicio el pasado 15, el Congreso Nacional aprobó una resolución que modifica las reglas de los recursos distribuidos por las enmiendas de relator para hacerlas más transparentes ante la sociedad.

Reanudada la votación el lunes (19), el juez Ricardo Lewandowski emitió el sexto voto que garantizó el derrocamiento del “presupuesto secreto”. Lewandowski dijo que la resolución del Congreso presenta avances para “mitigar la enorme discrecionalidad que tiene el relator en la distribución de los recursos presupuestarios”. Para él, sin embargo, los cambios aún no se ajustan a los parámetros constitucionales de transparencia.