La OCDE invita a Brasil a adherirse a códigos de liberalización
El Banco Central y el Ministerio de Economía informaron haber recibido, del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), una invitación para adherirse al Código de Liberalización de Movimientos de Capitales y al Código de Liberalización de Operaciones Corrientes Intangibles.
Según el BC, el Código de Liberalización de Movimientos de Capitales “se refiere a estándares para actos normativos sobre flujos financieros internacionales, incluyendo pagos, transferencias, préstamos, inversiones, así como la compra y venta de divisas”.
El Código para la Liberalización de las Operaciones Corrientes Intangibles se refiere básicamente a la prestación de servicios con carácter transfronterizo, tales como servicios internacionales de consultoría, jurídicos y de arquitectura.
“Los dos códigos de liberalización consolidan recomendaciones resultantes de décadas de estudios y se basan en principios de no discriminación y transparencia, entre otros”, informó el Banco.
Según la autoridad monetaria, “Brasil ha venido trabajando consistentemente en la convergencia de sus actos normativos con las buenas prácticas recomendadas por los códigos”.
Agrega el BC que, desde el punto de vista de los inversionistas extranjeros, la adhesión a estos códigos representa una “mejor comprensión de nuestro marco regulatorio, menor costo de adaptación a las particularidades del país y mayor percepción de seguridad jurídica en las operaciones internacionales”.
El primer no miembro
En una nota, el Ministerio de Economía informó que todos los miembros de la OCDE se adhieren a los dos códigos y que, desde 2012, está abierta la posibilidad de adhesión de países no miembros. Brasil inició el proceso en 2017 y, con la invitación realizada el 10 de mayo, será el primer país no miembro en adherirse.
“Para la convergencia a las disposiciones de los códigos, se implementaron acciones legislativas y reglamentarias, contemplando: la eliminación de límites a la inversión extranjera en el transporte aéreo; eliminación de requisitos de reciprocidad en el área de seguros; eliminación de la necesidad de un decreto presidencial para establecer sucursales de instituciones financieras extranjeras; la delegación de competencia al Ministerio de Economía para autorizar la operación de empresas extranjeras en Brasil; subida de límites de cesión para los reaseguradores ocasionales; promulgación de la Ley Cambiaria y de Capitales Internacionales (LCCI) y del Decreto del Impuesto a las Operaciones Financieras Cambiarias (IOF), que establecieron la reducción gradual de las tasas a cero, de manera escalonada”, detalló el ministerio.
La carpeta agrega que la adhesión a estos dos instrumentos “está alineada con la eliminación de barreras al comercio internacional y los flujos de inversión y el mejor funcionamiento del mercado de capitales”.